UIC 100 POR CIENTO LIBRE DE HUMO DE TABACO Y EMISIONES

La Universidad Intercontinental en el marco de su filosofía institucional impulsa acciones que promueven la salud integral con el fin de establecer y fortalecer estilos de vida saludable que mejoren la calidad de vida de la comunidad. En ese sentido, en congruencia a la cultura de la legalidad que impera en la institución, con el compromiso por el bien común y la salud de nuestra comunidad se acatarán las disposiciones de la Ley General para el Control del Tabaco, y del Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco vigentes, de esa manera la Universidad Intercontinental se declara “Universidad cien por ciento libre de humo de tabaco y emisiones”, por lo que se establece lo siguiente:

I. Áreas libres de humo de tabaco y emisiones

  1. Queda prohibido fumar, consumir o tener encendido tabaco, cigarros electrónicos, vapeadores y demás productos similares, en todas las áreas de la universidad, incluyendo los espacios cerrados y al aire libre.
  2. Se entienden como espacios cerrados: salones, oficinas, sanitarios, laboratorios, almacenes y como espacios abiertos: jardineras, explanadas, afuera de los auditorios y edificios, pérgola, escalinatas, andadores, campos deportivos, estacionamiento, circuitos y espacios de venta de alimentos, esto de manera enunciativa más no limitativa.
    Además de lo anterior, no se permitirá fumar en el interior de los autos que encuentren dentro del campus.
  3. Directores, Coordinadores, responsables de oficina y/o concesionarios y prestadores de servicio serán garantes de que en los espacios a su cargo se respeten estas disposiciones.
  4. Cualquier miembro de la comunidad UIC está facultado para reportar ante las autoridades universitarias a quien infrinja dichas disposiciones.

II. Acciones para erradicar el consumo de tabaco y emisiones.

En congruencia a los valores institucionales, la UIC orientará sus esfuerzos a contribuir a una cultura de la sensibilización y empatía para disminuir los riesgos en la salud y optar por estilos de vida saludables, en ese sentido la universidad realizará:

  1. Campañas informativas permanentes con datos significativos sobre riesgos y consecuencias del consumo de tabaco, a fin de prevenir su consumo.
  2. Elaborar programas educativos, jornadas de salud y otros espacios de atención a la salud integral orientados hacia el no consumo de tabaco.

III. Procedimiento de actuación ante una persona que fuma.

Cuando una persona miembro de la comunidad sea sorprendida consumiendo o tenga encendido cualquier producto de tabaco (cigarros electrónicos, vapeadores y demás productos similares) en primera instancia se le solicitará que deje de hacerlo y apague dicho producto, de no hacerlo se le pedirá que se retire del campus universitario

Si la persona sorprendida opone resistencia se buscará la asistencia de la autoridad de la Gerencia de Obras y Protección civil al siguiente número de WhatsApp 5543257090 y se procederá de la siguiente manera:


a) En presencia de dos testigos se levantará una amonestación recabando el nombre completo y el área a la que pertenece, misma que se asentará en la bitácora de fumadores UIC que se encuentra en la oficina de la Gerencia de Obras y Protección Civil
b) Si es reincidente, la amonestación será por escrito y será turnado, en caso de ser estudiante, al Comité Dictaminador para estudiantes
c) Si es docente o personal administrativo la amonestación será por escrito y será turnado al Comité de ética para proceder conforme a la normatividad institucional.

Si se tratara de una persona ajena a la comunidad universitaria (pacientes de clínica, proveedores, personas que acudan a solicitar informes) se les hará saber que están en un espacio cien por ciento libre de humo y se les pedirá que inmediatamente dejen de fumar y apaguen su cigarro de no hacer caso a la indicación, se les exigirá retirarse del espacio universitario. Si oponen resistencia, se le negará el servicio o acceso a la universidad.

IV. Sanciones

Una vez analizados los casos en el Comité Dictaminador para estudiantes o en la Comisión de ética para personal, se podrán considerar las siguientes medidas:


a) Asistir a plática informativa
b) Asistir a taller de prevención
c) Colaboración en acciones internas
d) Trabajo comunitario
e) Suspensión temporal.
f) Suspensión definitiva
g) Rescisión contractual
h) Se solicitará el auxilio de la autoridad pública correspondiente
i) Otros que los Comités o Comisiones consideren de acuerdo al Reglamento de la Comunidad Estudiantil y a la Ley General para el Control del Tabaco y el Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco.