Autor UIC

Escrito por: Licenciatura en Relaciones Comerciales Internacionales
División Negocios
septiembre 23, 2020

La Cámara de Comercio de China en México ofreció un par de conferencias virtuales  sobre la prevención de riesgos fiscales y sistematización de controles, a las cuales asistieron vía online algunos estudiantes y docentes de la Licenciatura en Relaciones Comerciales Internacionales (RCI).

La primera conferencia fue impartida por la licenciada Marisela Corres, perteneciente a Bettinger, despacho de consultoría fiscal, quien abordó el tema de las “empresas fantasmas” y mencionó que el tráfico de comprobantes fiscales es un medio donde se realizan prácticas ilegales enfocada a amparar las operaciones que no existen o bien, que son una simulación con diversos fines. Inicialmente, esto consistía en usar comprobantes falsos con la finalidad de deducir y dar acreditación de cantidades gastadas, las cuales están expresadas en estos comprobantes, todo esto con la finalidad de evadir el pago de los impuestos. Dichas prácticas no sólo son usadas en México, si no en todo el mundo. Sólo en México la deducción ilegal de impuestos equivale al 3% del PIB. La subvaluación de mercancías ataca la competitividad. Asimismo, las facturas falsas son usadas para lavar dinero.

Por las reformas en materia penal, existe cada vez una vinculación más estrecha entre el delito de defraudación fiscal y el lavado de dinero, incluso con la delincuencia organizada. El artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación, establece que la autoridad fiscal considerará que los contribuyentes realizaron operaciones inexistentes cuando se emitan comprobantes fiscales sin contar con activos, personal de trabajo, infraestructura, o la capacidad material y se les denominará “Empresa Facturadora de Operaciones Simuladas”. Dicho artículo fue publicado en el CFF en el año 2014.

Algunas de las características de las empresas mencionadas son:

  • Tienen un objeto social muy amplio
  • Apertura y cancelación de cuentas bancarias constantemente
  • No cuentan con la infraestructura normal de una empresa, ni con el personal
  • No son localizables en el domicilio fiscal proporcionado
  • Los domicilios fiscales usualmente están localizados en zonas marginales o ficticias
  • No tienen declaraciones

Existen facturas que son reales, pero que la operación no existe y otro tipo de facturas que son 100% falsas. Las sanciones penales expresadas en el Código Fiscal de la Federación por defraudación fiscal se encuentran en los artículos 108, 109 y 113.

Por otro lado, se contó un segundo expositor, el licenciado Osvaldo Santín, el cual funge como consultor externo del BID y sociodirector de la empresa Intelitax, el cual abordó temas de la transformación digital en México de la Administración Tributaria. Donde se mencionó que la transformación digital de las administraciones tributarias ayuda a resolver el problema existente desde siempre acerca del control y gracias a la tecnología dicho control se ha ampliado por lo que el cumplimiento fiscal es más fácil de realizar. El SAT ha iniciado la implementación del “compliance by design” en el ciclo tributario. Dando paso a los nuevos pilares del modelo de fiscalización teniendo sus bases en el artículo antes mencionado, en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación.

Actualmente, el SAT tiene la posibilidad de hacer en una noche una auditoría a todos los contribuyentes, donde a partir de las bases de datos, y junto con el DATA LAKE y algoritmos hace de la auditoría electrónica masiva, algo mucho más sencillo a lo que antes era.

 

* Las opiniones vertidas en las notas son responsabilidad de los autores y no reflejan una postura institucional