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Autor UIC

Escrito por: Verónica Santos Méndez
Docente de la Licenciatura en Derecho
enero 17, 2023

La nueva reforma laboral en materia colectiva y procesal se publicó el 1º de mayo de 2019. Ésta atendió requerimientos por parte de Canadá y Estados Unidos, los cuales quedaron plasmados en el capítulo 23, anexo A, del T-MEC.

En esta nota hablaremos sobre los puntos más importantes de esta nueva reforma laboral.

Desaparición de las juntas de Conciliación y Arbitraje y creación de los tribunales laborales dependientes

En febrero de 2017, tuvimos una reforma constitucional laboral en la cual se establecía la desaparición de las juntas de Conciliación y Arbitraje y la creación de tribunales laborales dependientes, ahora, del Poder Judicial.

Dicha reforma quedó cumplimentada a cabalidad el 3 de octubre de 2022. Así, la República Mexicana ya cuenta con tribunales laborales a cargo de jueces laborales en lugar de presidentes de Junta, quienes resolverán por medio de la emisión de sentencias y no de laudos.

Por otra parte, se cuenta con un Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, órgano que tendrá una doble función:

  • Se encargará de la parte conciliatoria, figura preprocesal obligatoria para iniciar un procedimiento jurisdiccional en materia laboral.
  • Se encargará de llevar el registro de sindicatos, contratos colectivos de trabajo, reglamentos interiores de trabajo, entre otras funciones a nivel federal.

Garantía de transparencia

Se deberá crear un sitio web, atendiendo a la transparencia en la información, el cual podrá consultarse. Contendrá toda la información sobre registros sindicales, contratos colectivos, reglamentos interiores de trabajo, entre otros.

A nivel local, es decir, en los estados, se crearán centros de conciliación, encargados únicamente de conciliar a las partes.

Es importante mencionar que, de no lograrse la conciliación, estos centros, así como el Federal, emitirán una constancia que será su llave de entrada al procedimiento laboral ante los tribunales laborales.

La nueva reforma laboral dice adiós a los contratos de protección

Con la nueva reforma laboral, la cual tendrá que quedar completamente implementada el 1º de mayo de 2023, se pretende terminar con lo siguiente:

  • Contratos de protección.
  • Contratos colectivos pactados a espaldas de los trabajadores entre el patrón y el sindicato charro, los cuales contienen sólo los mínimos legales. Pues lo último que buscan es mejorar las condiciones laborales y económicas de los trabajadores.
  • Huelgas de extorsión, llevadas a cabo, en muchas ocasiones, por los sindicatos charros cuando los patrones dejan de cumplir con sus “cuotas sociales”, cuotas que pagan a este tipo de sindicatos por sus “servicios”.

El papel de los trabajadores en la nueva reforma laboral

Se busca cumplir con los convenios internacionales 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo, incentivando la libertad y democracia sindical por medio de la participación directa de los principales actores del derecho sindical: los trabajadores.

De esta manera, se busca eliminar la injerencia de la clase patronal y del Estado en la creación, vida y administración interna de los sindicatos, logrando una verdadera autonomía y democracia sindical.

El reto para su implementación es grande, pues debemos romper con la apatía y el miedo al cambio imperante del capital y el trabajo y comenzar a pensar en unir esfuerzos y dejar de separar a estas clases.

Lo anterior, siempre buscando un equilibrio entre los factores de la producción, a fin de alcanzar un adecuado desarrollo social y económico tanto a nivel nacional, como internacional.

Si quieres conocer más sobre estos temas, estudia con nosotros la Licenciatura en Derecho a distancia.

Para saber más

Karemm Danel, La libertad de expresión como derecho humano, Universidad Intercontinental.

Mario Escalona, Derecho natural, superior a otros, Universidad Intercontinental.

Licenciatura en Derecho, Licenciatura en Derecho en línea, Diplomado en Responsabilidad Social y Participación Ciudadana, Diplomado en Juicios Orales en Materia Civil y Mercantil, Diplomado en Derecho Administrativo, Diplomado en Derecho Corporativo, Diplomado en Derecho Laboral y seguridad Social, Diplomado en Sistema Penal Acusatorio



* Las opiniones vertidas en las notas son responsabilidad de los autores y no reflejan una postura institucional

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